Es un régimen opcional. En él pueden pagar sus impuestos las personas físicas que se dediquen al comercio, industria, transporte, actividades agropecuarias, ganaderas, con mínimas obligaciones fiscales. Los requisitos para poder ser condierados como tal son los sigiuentes:
Para facilitar aun mas las obligaciones fiscales de este regimen el 8 de diciembre de 2005 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los pequeños contribuyentes, el cual fue modificado el 27 de febrero de 2008, para uniformar y facilitar el proceso de inscripción y determinación de la cuota fija integrada de los impuestos sobre la renta, impuesto empresarial a tasa única y al valor agregado a los contribuyentes en pequeño.
AHORA PARA PAGAR SUS IMPUESTOS YA NO REQUIERE:
mas informacion vsita el portal del sat
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lucero r (miércoles, 02 septiembre 2009 17:36)
profa esto fue lo que encomtre en el regimen pequeños constribuyente
SMG EDICIONES FISCALES (jueves, 03 septiembre 2009 10:42)
Lucero te pedimos de favor nos especifiques tu pregunta porque no sabemos a que te refieres en tu consulta.