Todas las personas físicas que reciban créditos bancarios y no demuestren tener un Registro Federal de Contribuyentes (RFC), tendrán que pagar el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).
La medida entrará en vigor a partir del 1 de julio de 2010, informó ayer el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
Especialistas en impuestos dijeron que la nueva situación del IDE establece que una persona física que reciba un crédito hipotecario, para automóviles o un préstamo personal y no demuestre estar en el padrón de contribuyentes, tendrá que pagar el impuesto de control.
“Al momento en que te depositen el financiamiento, si no tienes un RFC, te van a retener”, dijo Herbert Bettinger, socio legal de Ernest & Young.
El IDE que se aplicará al crédito será de 3% sobre el monto que exceda de los 15 mil pesos que fijó el Congreso.
“Puede ser un crédito hipotecario, una compra de automóvil, de una motocicleta, un crédito que te otorgue una institución”, expresó Bettinger.
El especialista dijo que la finalidad de gravar con el IDE a los créditos que otorgue la banca es porque no es posible que haya personas que reciban una cantidad importante de recursos en préstamos, pero no paguen impuestos en México.
Mecanismo de control
El IDE fue un gravamen que se creó en 2007 para entrar en vigor en el inicio del segundo semestre de 2008.
En 2009, los bancos retuvieron de los contribuyentes un monto de 15 mil 899 millones de pesos, sin descontar el acreditamiento del ISR.
Enrique Ramírez Figueroa, presidente del comité fiscal del IMEF, dijo que si la lógica es gravar a aquellos que obtienen recursos y no están en la formalidad, tendría una cierta lógica.
Aunque el analista consideró absurdo gravar con el IDE un crédito hipotecario que evidentemente no está ligado con alguna actividad productiva.
“Si como empleado te retienen el IDE, en tu crédito hipotecario, sería terrible porque no tienes contra qué acreditarlo”, dijo el especialista.
Carlos Cárdenas, vicepresidente de asuntos fiscales del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), expuso que el sistema financiero tiene la obligación de validar el régimen en el que tributan las personas físicas para determinar si les retienen o no el IDE.
En la Especificación Técnica para la validación de contribuyentes personas morales y personas físicas exentas del IDE e IVA, el SAT informó que todas las personas físicas que reciban créditos y no proporcionen su clave de inscripción en el RFC serán considerados como contribuyentes y deberán tributar.
En las disposiciones se contempla, expusieron fiscalistas, que si se presenta el RFC, entonces el crédito bancario quedará libre del gravamen.
Estadísticas de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores revelaron que al cierre de septiembre de 2009, la cartera de créditos de la banca comercial que opera en el país, sumó 1 billón 891 mil millones de pesos.
Fuente: Imcp y el Universal
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ismael rodriguez (miércoles, 14 julio 2010 10:00)
Esto aplica tambien para las personas morales que tienen creditos y que los pagan en efectivo
enrique alfaro (viernes, 16 julio 2010 10:39)
Soy persona fisica y tengo un credito hipotecario pero no estoy dado de alta en el RFC a partir de este mes me van a retener el IDE por los depositos en efectivo?
ROGELIO PADILLA (miércoles, 13 octubre 2010 13:51)
TENGO UNA LINEA DE CREDITO CON BANCO DEL BAJIO SOY PERSONA MORAL Y ME ESTAN COBRANDO EL IDE TENGO OTRO CREDITO BANCARIO EN BANORTE Y NO ME LO RETIENEN QUE DEBO DE HACER