Publicidad

Improcedente pedir al cliente que genere su propia factura

A través de su página de internet el Servicio de Administración Tributaria (SAT) publico el comunicado 129 /2014 que establece que la factura electrónica sea entregada al contribuyente sin necesidad de que realice una gestión adicional como ingresar a un portal electrónico. Es decir que  es obligación del proveedor de un servicio o un bien entregar en el acto la factura electrónica correspondiente a la operación realizada.

 

Este criterio no vinculativo nos deslinda de la necesidad de tener que ingresar a páginas de empresas y capturar nuestros datos del RFC así como el folio del comprobante fiscal simplificado (Ticket) ya que precisa que muchas veces llegan a poner una vigencia para poder recuperar los CFDIS, siendo obligación del proveedor el entregar la factura.

 

Dicho criterio está contenido en la actualización del anexo 3 de la Resolución Miscelánea 2014, el cual ya se encuentra publicado en el portal del SAT. 

  

Fuente: www.sat.gob.mx

Escribir comentario

Comentarios: 3
  • #1

    ads pay per view (domingo, 16 noviembre 2014 20:03)



    Este criterio no vinculativo nos deslinda de la necesidad de tener que ingresar a páginas de empresas y capturar nuestros datos del RFC a

  • #2

    prada replica (viernes, 21 noviembre 2014 00:40)

    nos deslinda de la necesidad de tener que ingresar a páginas de empresas y capturar nuestros dato

  • #3

    prada replica (viernes, 21 noviembre 2014 00:40)

    lativo nos deslinda de la necesidad de tener que ingresar a páginas de empresas y capturar nuestros datos del R