El Servicio de Administración Tributaria amplio el plazo para la primera entrega de la contabilidad electrónica específicamente en lo referente al envió de la balanza y el catálogo de cuentas correspondiente al mes de enero de 2015. A través del comunicado 025/2015 dio a conocer que se prorroga que la información relativa al catálogo de cuentas con código agrupador y la balanza de enero de 2015 podrá enviarse a más tardar los días 3 o 7 de abril para personas morales o personas físicas respectivamente esto es en la misma fecha de vencimiento del envió de la información correspondiente a febrero de 2015.
Cabe mencionar que también se prorroga la integración del archivo XML al registro de las operaciones contables de Enero a Junio de 2015, es decir que los requisitos que deben cumplir las pólizas y auxiliares en materia de contabilidad electrónica podrán aplicarse únicamente a partir de la captura del mes de Julio de 2015, dicha información solo será requerida por la autoridad fiscal cuando el contribuyente solicite en devolución o realice compensación de saldos de favor y en el último de los casos ejerza las facultades de comprobación, también se aclara que esta información será solicitada con posterioridad al 3 o 7 de septiembre de 2015.
En conclusión esta nueva ampliación responde a que la autoridad fiscal aún no cuenta con el respaldo de los desarrolladores de software de que la información que generen los sistemas de contabilidad cumplirán al 100% los requisitos que requieren los sistemas del SAT para poder validar e interpretar la información generada y que en el último de los casos no podría sancionar a los usuarios de dichos sistemas (Contribuyentes) porque la misma autoridad no dispone de alguna aplicación gratuita que permita cumplir con los requerimientos.
Esta información será publicada en breve en el Diario Oficial de la Federación.
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