En días pasados el Administrador Central de Operaciones de Fiscalización Nacional en la Administración General de Auditoria Fiscal Federal del SAT informo que a partir de Enero de 2016 la autoridad contempla nuevas causales para la cancelación del certificado de sellos digitales, con el cual los contribuyentes estarían en imposibilidad de poder emitir los CFDIS a sus clientes.
Entre las causales se pueden encontrar las siguientes:
Omisión en la presentación de las declaraciones mensuales y anuales
Presentación de declaraciones omitiendo ingresos
Determinación y pago de contribuciones de manera incorrecta
Realizar operaciones inusuales
Diferencias en la retención y entero de contribuciones
Deducciones y acreditamientos indebidos y en su caso
Diferencias en la información declarada al IMSS
Explico que estas inconsistencias no necesariamente podrán ser detectadas por una auditoria electrónica si no que puede ser a través de la revisión de algún rubro en específico de acuerdo a la información presentada con motivo de la contabilidad electrónica.
Así mismo indico que el contribuyente recibirá por la vía del Buzón Tributario una notificación indicándole sobre alguna inconsistencia detectada y que contara con 15 días para desvirtuar los hechos imputados por la autoridad fiscal, transcurrido el plazo y no aclarado por el contribuyente la autoridad procederá a la cancelación del Certificado.
Es muy importante cumplir en tiempo y forma con la presentación de las declaraciones a que son sujetos como contribuyentes, cuidando el correcto cumplimiento de los requisitos en materia de contabilidad electrónica para evitar ser sancionados por la autoridad fiscal misma que nos plantea un escenario complicado derivado de las reformas fiscales.
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