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Determinación de las horas extras gravadas y exentas según el art. 93 LISR

En la actualidad las empresas o patrones requieran que su personal labore más horas de la que comprende su jornada ordinaria de trabajo, para poder cumplir con los objetivos de la empresa, o simplemente por ausencia de un compañero de trabajo y por consecuencia requiere que lo sustituyan.

 

La ley del Impuesto Sobre la Renta en su artículo 93 nos dice que se encuentran exentas las horas extras (tiempo extraordinario) para todos aquellos trabajadores que ganen el salario mínimo, siempre y cuando estos no rebasen los topes establecidos por la Ley Federal del Trabajo; y que para todos los demás trabajadores se encuentra gravado el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extra.

 

Articulo 93 LISR Fracción I

No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario mínimo general para una o varias áreas geográficas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral, así como las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, hasta el límite establecido en la legislación laboral, que perciban dichos trabajadores. Tratándose de los demás trabajadores, el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de la prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, que no exceda el límite previsto en la legislación laboral y sin que esta exención exceda del equivalente de cinco veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada semana de servicios.

 

Para la Ley Federal del Trabajo, se encuentran exentas las primeras 9 horas extras pero distribuidas en tres horas diarias tres días a la semana (artículo 66), las demás horas extras que se paguen estarán gravadas al 100%, así mismo las primeras 9 horas diarias deberán ser pagadas en un 100% (artículo 67) y en caso de que exceda de las 9 horas deberán ser cubiertas por el patrón al 200% más del salario que le corresponde (artículo 68).

 

Artículo 66 LFT.- Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin  exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.

 

Artículo 67 LFT.- Las horas de trabajo a que se refiere el artículo 65, se retribuirán con una cantidad igual  a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada.

 

Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que  corresponda a las horas de la jornada.

 

Artículo 68 LFT.- Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del  permitido de este capítulo.

 

La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a  pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley.

 

Por ultimo las horas extras estarán exentas siempre y cuando no exceda de 5 veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada semana de servicios, caso contrario la diferencia estará gravada.

 

 

Ejemplo de Horas extras exentas de trabajador con salario mínimo

 

Salario diario                       $ 68.28

Salario por hora                       9.75

 

Horas extras dobles al 100%            (9)*(2)*(9.75) = 175.58

 

Horas extras triples al 200%           (9)*(3)*(9.75) = 263.37

 

Determinación de las horas extras gravadas y exentas

 

Como se puede observar la suma de las horas extras nos da un total de $ 438.95 que corresponde a 18 horas en una semana por lo que solo estarán exentas las primeras 9 horas como lo marca la LFT.

 

 

Calculo del pago semanal

Sueldo normal                                                (68.28)*(7dias) = 477.96

Horas extras exentas                                                                  175.58

Horas extras gravadas                                                                263.37

 

Neto a recibir                                                                             916.91                 

 

Ejemplo de Horas extras exentas de trabajador que rebasa el SMG

 

Salario diario                       $ 100.00

Salario por hora                        12.50

 

Horas extras dobles al 100%            (9)*(2)*(12.50) = 225.00

 

Horas extras triples al 200%             (9)*(3)*(12.50) = 337.50

 

Determinación de las horas extras gravadas y exentas

 

Como se puede observar la suma de las horas extras nos da un total de $ 562.50, sin embargo este trabajador percibe un salario superior al mínimo por lo que todos los ingresos que perciban por concepto de horas extras estarán gravados al 50%, siempre y cuando no rebasen el tope de los 5 salarios mínimos $ 341.40 para la zona geográfica B.  

 

 

Calculo del pago semanal

Sueldo normal                                                (100.00)*(7dias) = 700.00

Horas extras exentas                                                                    281.25

Horas extras gravadas                                                                  281.25

 

Neto a recibir                                                                             1,262.50                 

 

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Comentarios: 13
  • #1

    ANTONIO RODRIGUEZ (jueves, 26 octubre 2017 14:46)

    MUY BUENA Y CLARA EXPLICACIÓN, MÁS PORQUE VA TODO FUNDAMENTADO PERO ME QUEDO UNA DUDA, SI LLEGASE A REBASAR EL TOME DE LOS 5 SALARIOS MINIMOS, QUE PARTE QUEDA GRAVADA?

  • #2

    ALINNE (martes, 03 abril 2018 14:14)

    SE EXENTARÍA HASTA EL TOPE DE LOS 5 SMG OSEA $341.40 Y SE GRAVA EL RESTANTE, QUE SERÍAN $221.10

  • #3

    KARINA (miércoles, 18 abril 2018 12:37)

    EN LAS PERSONAS QUE REBASAN EL SALARIO MÍNIMO, NO SE EXENTAN LAS PRIMERAS 9 HORAS (DOBLES) AUNQUE HAYA TRIPLES?

  • #4

    Manuel (lunes, 18 junio 2018)

    En este caso, es de acuerdo al SMG o UMA.?

  • #5

    ibeth (viernes, 06 julio 2018 01:49)

    buen dia, me podrian informar si se pagan las fracciones de horas extras solo horas completes, por ejemplo si yo trabajo 11horas con 50 minutos, me tienen que pagar las 11 hras cerradas nada mas o tambien los 50 minutos
    gracias

  • #6

    Gaby (miércoles, 18 julio 2018 08:25)

    Mi jornada es de 6am a 2pm pero siempre hacen corte 30 o 40 minutos después esos minutos no me los tendrian que pagar o si? Se acumulan a la semana? Espero me puedan ayudar

  • #7

    9+ (martes, 12 marzo 2019 10:29)

    99

  • #8

    erika (martes, 12 marzo 2019 13:04)

    si el tiempo extra triple es de 567 como pasa a gravados

  • #9

    Victor (miércoles, 03 abril 2019 20:56)

    Ya no se hace en base a SM, se hace en base a UMA

  • #10

    nominas@reyesbarrios.com (martes, 23 abril 2019 20:13)

    Interesante y claro

  • #11

    Ramiro (lunes, 19 agosto 2019 17:30)

    Cuanto no debe exceder en umas un salario semanal

  • #12

    Maykin medrano (jueves, 17 octubre 2019 21:39)

    Hola yo gano 14000 al mes y tube una temporada que ganaba horas extras en esa temporada gane 40000 al mes con mi salario y horas extras el detalle. Es q hace 2 meses m estan sacando 5200 mensual d impuesto y m dijeron q todavia falta q siga pagando y no se q hacer porq estoy quedando sin fondos

  • #13

    KARLA (viernes, 09 octubre 2020 15:34)

    HOLA, CUANTO TOMO DE EXENTO EN UNA PERSONA QUINCENAL, DOS PERIODOS DE SAL MIN