A partir del próximo 15 de julio del presente año entrara en vigor el nuevo catálogo de formas de pago para el CFDI esto según la regla 2.7.1.32 de la RMISC 2016, el cual sirve para indicar como se realizó el pago de la operación en términos del artículo 29-A, fracción VII, inciso C) del CFF, mismas que a continuación se detallan:
01 Efectivo
02 Cheque
03 Transferencia
04 Tarjetas de crédito
05 Monederos electrónicos
06 Dinero electrónico
08 Vales de despensa
28 Tarjeta de débito
29 Tarjeta de servicio
99 Otros
En caso de que un CFDI sea liquidado en más de una forma de pago, se deberá seleccionar cada una de las claves en función a la forma con la que se liquide la mayor cantidad del pago y así progresivamente hasta llegar a la forma de pago con que liquida la menor cantidad, se deberán separar con una coma.
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