El Servicio de Administración Tributaria (SAT) emitió un comunicado para informar a los contribuyentes que contratan servicios de subcontratación laboral, y a quienes los ofrecen, que ya pueden optar por utilizar el aplicativo desarrollado para facilitar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la Ley como requisito para la procedencia de la deducibilidad para efectos del ISR y el acreditamiento del IVA por el pago de estos servicios; en sustitución del intercambio de copias de los pagos y declaraciones.
A través de la aplicación “Autorización del contratista para la consulta del CFDI y declaraciones”, disponible en el buzón tributario, los contratistas podrán registrar la información del contratante, contratos y los datos de los trabajadores con los que se presta el servicio de subcontratación.
En la misma aplicación podrán autorizar al contratante para que consulte la información y, al finalizar el proceso, obtendrán el acuse de autorización.
Para que el contratante pueda consultar la información deberá:
Para los contribuyentes que durante 2018 utilicen dicho aplicativo tendrán por cumplida la obligación del ejercicio 2017, así mismo se precisa que aquellos contribuyentes que durante 2018 no tendrán subcontratación podrán optar por presentar el “Aviso de cumplimiento de las obligaciones del ejercicio 2017” a más tardar el 28 de febrero.
Lo anterior con base en la Regla 3.3.1.44 de la Resolución Miscelánea fiscal para 2018
Comunicado SAT - Outsourcing
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