El Servicio de Administración Tributaria informa que se amplía al 1 de septiembre el plazo para el inicio de operación del servicio de aceptación o rechazo de la cancelación de facturas.
En dicho comunicado la autoridad precisa que una de las principales razones por la que se amplía el plazo es que los desarrolladores de los sistemas aún se encuentran trabajando para cumplir con la emisión del recibo electrónico de pago.
“El servicio de aceptación o rechazo de cancelación de facturas protege a los receptores contra la cancelación indebida y unilateral de facturas que amparan operaciones que realmente se han realizado e incluso que se han pagado. De esta manera, se aporta seguridad jurídica a las transacciones entre los contribuyentes y se protege el legítimo derecho a deducir o acreditar conforme a las disposiciones fiscales vigentes.”
La regla que dará sustento jurídico a esta medida será publicada en los próximos días de manera anticipada en el portal del SAT y posteriormente en el Diario Oficial de la Federación.
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