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Calculo de las horas extras gravadas y exentas

En la actualidad las empresas o patrones requieran que su personal labore más horas de la que comprende su jornada ordinaria de trabajo, para poder cumplir con los objetivos de la empresa, o simplemente por ausencia de un compañero de trabajo y por consecuencia requiere que lo sustituyan.

 

La ley del Impuesto Sobre la Renta en su artículo 93 nos dice que se encuentran exentas las horas extras (tiempo extraordinario) para todos aquellos trabajadores que ganen el salario mínimo, siempre y cuando estos no rebasen los topes establecidos por la Ley Federal del Trabajo; y que para todos los demás trabajadores se encuentra gravado el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extra.

 

Articulo 93 LISR Fracción I

No se pagará el impuesto sobre la renta por la obtención de los siguientes ingresos:

Las prestaciones distintas del salario que reciban los trabajadores del salario mínimo general para una o varias áreas geográficas, calculadas sobre la base de dicho salario, cuando no excedan de los mínimos señalados por la legislación laboral, así como las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, hasta el límite establecido en la legislación laboral, que perciban dichos trabajadores. Tratándose de los demás trabajadores, el 50% de las remuneraciones por concepto de tiempo extraordinario o de la prestación de servicios que se realice en los días de descanso sin disfrutar de otros en sustitución, que no exceda el límite previsto en la legislación laboral y sin que esta exención exceda del equivalente de cinco veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada semana de servicios.

 

Para la Ley Federal del Trabajo, se encuentran exentas las primeras 9 horas extras pero distribuidas en tres horas diarias tres días a la semana (artículo 66), las demás horas extras que se paguen estarán gravadas al 100%, así mismo las primeras 9 horas diarias deberán ser pagadas en un 100% (artículo 67) y en caso de que exceda de las 9 horas deberán ser cubiertas por el patrón al 200% más del salario que le corresponde (artículo 68).

 

Artículo 66 LFT.- Podrá también prolongarse la jornada de trabajo por circunstancias extraordinarias, sin  exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana.

 

Artículo 67 LFT.- Las horas de trabajo a que se refiere el artículo 65, se retribuirán con una cantidad igual  a la que corresponda a cada una de las horas de la jornada.

 

Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que  corresponda a las horas de la jornada.

 

Artículo 68 LFT.- Los trabajadores no están obligados a prestar sus servicios por un tiempo mayor del  permitido de este capítulo.

 

La prolongación del tiempo extraordinario que exceda de nueve horas a la semana, obliga al patrón a  pagar al trabajador el tiempo excedente con un doscientos por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada, sin perjuicio de las sanciones establecidas en esta Ley.

 

Por ultimo las horas extras estarán exentas siempre y cuando no exceda de 5 veces el salario mínimo general del área geográfica del trabajador por cada semana de servicios, caso contrario la diferencia estará gravada.

 

Ejemplo de Horas extras exentas de trabajador con salario mínimo

 

Salario diario                       $ 102.68

Salario por hora                       12.84

 

Horas extras dobles al 100%            (9)*(2)*(12.84) = 231.12

 

Horas extras triples al 200%           (9)*(3)*(12.84) = 346.68

 

Calculo de las horas extras gravadas y exentas

 

Como se puede observar la suma de las horas extras nos da un total de $ 577.80 que corresponde a 18 horas en una semana por lo que solo estarán exentas las primeras 9 horas como lo marca la LFT.

 

Calculo del pago semanal

Sueldo normal                                                (102.68)*(7dias) =718.76

Horas extras exentas                                                                  231.12

Horas extras gravadas                                                                346.68

 

Neto a recibir                                                                       $ 1,296.56                 

 

Ejemplo de Horas extras exentas de trabajador que rebasa el SMG

 

Salario diario                       $ 120.00

Salario por hora                       15.00

 

Horas extras dobles al 100%            (9)*(2)*(15.00) = 270.00

 

Horas extras triples al 200%             (9)*(3)*(15.00) = 405.00

 

Determinación de las horas extras gravadas y exentas

 

Como se puede observar la suma de las horas extras nos da un total de $ 675.00, sin embargo este trabajador percibe un salario superior al mínimo por lo que todos los ingresos que perciban por concepto de horas extras estarán gravados al 50%, siempre y cuando no rebasen el tope de los 5 salarios mínimos $ 513.40. 

 

Calculo del pago semanal

Sueldo normal                                                (120.00)*(7dias) =  840.00

Horas extras exentas                                                                    270.00

Horas extras gravadas                                                                  405.00

 

Neto a recibir                                                                          $1,515.00            

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Comentarios: 8
  • #1

    David (jueves, 14 mayo 2020 14:17)

    Y como seria un calculo de tiempos extras (solo las dobles) gravables y exentos que exedan los 5 UMAS

    Ejemplo:
    sueldo diario = $550
    Horas tiempo extra = 8 hrs

  • #2

    Alan Karim (lunes, 03 agosto 2020 12:46)

    Buen día, tengo este detalle en el pago de mis horas extras que labore, realice un total de 15 hrs extras en la semana de 01 al 05 de Julio, me podria indicar cuanto debi haber recibido por el pago de estas hrs extras?, si mi salario integrado de acuerdo al imss es de 271.75. Por su amable apoyo de antemano muchas gracias y quedo de ustedes.

    saludos!!!!

  • #3

    Alberto sanchez alonso (martes, 17 noviembre 2020 20:14)

    Mi duda es cuanto me deben de quitar de impuesto si laboro en 10 dias 20 hrs de tiempo si mi sueldo es de 316 diarios

  • #4

    Gabriel Gamboa (martes, 19 octubre 2021 14:41)

    Buena tarde,yo tengo este detalle:Determinar el pago provisional de una persona física que en el mes de septiembre obtuvo un salario menú de $17,200 y recibió por horas extra $3,3375

  • #5

    DANIELA (jueves, 11 noviembre 2021 13:36)

    COMO PUEDO CALCULAR EL IMPORTE EXENTO Y GRAVADO DE 400 PESOS DE HORAS EXTRAS

  • #6

    Isabel Ventura Tovar (sábado, 16 julio 2022 08:45)

    Yo tengo 24 horas extras y no me las pagan y un turno de 8 horas de noche en fin de semana q debo hacer

  • #7

    Flor (jueves, 04 julio 2024 09:51)

    Qué pasa si tengo en la misma semana pago de tiempo extra doble y un descanso laborado se exentan 5 umas por cada concepto en la misma semana

  • #8

    alma (martes, 23 julio 2024 14:18)

    Tengo exactamente la misma duda que Flor. Se deberian exentar las 5 umas sumando lo de las horas extras y el descanso, o es concepto por concepto?