El Servicio de Administración Tributaria continúa enviando invitaciones a los contribuyentes para que revisen la información fiscal reportada en las declaraciones de ejercicios anteriores, sin embargo se ha observado que las ultimas invitaciones enviadas referente a discrepancia en deducciones y recientemente se han recibido en el buzón tributario cartas invitación donde manifiestan que de acuerdo a los controles del SAT han detectado que existen diferencias a cargo derivado de los acreditamientos de saldos a favor de periodos anteriores.
Sin embargo al revisar la información contenida en los papeles de trabajo, se ha observado que el SAT está considerando los saldos a favor de IVA manifestados en la declaración sin considerar que estos han sido actualizados para su acreditamiento en periodos posteriores a la presentación de la declaración donde se generó el saldo a favor.
Es decir que la autoridad fiscal no está contemplando que por efecto de la actualización de los saldos a favor, el saldo original sufre un incremento por los efectos de la inflación.
En estos casos una vez revisado que los cálculos de dichas actualizaciones son correctos, se sugiere presentar una aclaración y manifestar que dichos saldos a favor fueron actualizados conforme a los procedimientos establecidos por la ley.
Nombre,
denominación o razón social:XXXXX
RFC:XXXXXX
Folio: BTS2A0920123XXXX
Remitente: Servicio de Administración Tributaria.
Apreciable representante legal de: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Identificamos que determinaste importes de saldos a favor del Impuesto al Valor Agregado (IVA), y que los acreditaste en las declaraciones de pago definitivo de IVA; no obstante, existen diferencias por un importe total de $1,902 pesos, pues acreditaste un monto mayor al saldo a favor determinado, como a continuación se señala en la tabla:
Información de la declaración de pago definitivo de IVA donde determina el saldo a favor |
Información de la declaración de pago definitivo de IVA donde aplica el saldo a favor |
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Periodo |
Fecha de presentación |
Importe del saldo favor de IVA determinado |
Periodo |
Fecha de presentación |
Importe del saldo a favor que aplica |
ENERO, 2016 |
03/03/2016 |
$88,468 |
AGOSTO, 2016 |
03/10/2016 |
$4,173 |
SEPTIEMBRE, 2016 |
31/10/2016 |
$37,674 |
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OCTUBRE, 2016 |
30/11/2016 |
$39,436 |
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NOVIEMBRE, 2016 |
29/12/2016 |
$9,087 |
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Monto improcedente |
$1,902 |
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Monto improcedente |
$1,902 |
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Total de aplicaciones improcedentes |
$1,902 |
Fecha de corte de Información: 30 de junio de 2019.
Revisa la información y, de ser necesario, presenta las declaraciones complementarias que correspondan. Paga el impuesto que resulte con actualizaciones y recargos, pues existen importes a cargo que no pueden ser cubiertos con los saldos a favor que determinaste.
Cumple con las obligaciones fiscales correctamente. Evita multas, recargos y actualizaciones por falta de pago oportuno, así como la posible comisión de un delito fiscal.
Si necesitas más información o asesoría fiscal: ingresa a sat.gob.mx, sección Contacto/Chat uno a uno; haz una aclaración en Mi portal o llama a MarcaSAT: 55 627 22 728, opción 9, seguida de la opción 2, de lunes a sábado, de 8:00 a 21:00 horas.
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Kiffa (domingo, 29 septiembre 2019 22:53)
Que clase de forma de extinción de la obligación fiscal pertenece